La PBN dentro de la legislación Europea


La EASA es la agencia de seguridad aérea de la UE. Hasta ahora la agencia había recogido las regulaciones que se habían desarrollado por la antigua JAA y las había puesto al día. El moderno concepto PBN y el surgimiento de nuevas tecnologías hicieron que la legislación no estuviera suficientemente desarrollada. Al comienzo de su actividad la EASA requería una aprobación especial para volar operaciones PBN, excepto la RNAV 5 (antiguamente llamada B-RNAV), para la cual no se requería ningún tipo de aprobación.

De acuerdo con las regulaciones AIR-OPS, se requería una aprobación especial para vuelos comerciales y no comerciales (Anexo V, Special approval – SPA.PBN.100) para poder operar dentro de la PBN. Este proceso era costoso en términos de dinero y tiempo, por lo que la Agencia ha decidido establecer un proceso por medio del cual se integre esta autorización a la hora de obtener un certificado IFR o una calificación de tipo. Se deja al margen aquellas operaciones PBN, tales como las aproximaciones RNP AR (se verán más adelante) en las cuales si se requerirá una aprobación especial debido a las condiciones extremadamente exigentes de dichas aproximaciones.
El proceso de aprobación general para poder operar en ambientes PBN se puso en marcha con la publicación de la “Notice of Proposed Amendment” (NPA) 2013-25 Revision of operational approval criteria for performance-based navigation (PBN). Esta NPA se desarrollará y se convertirá en una regulación (IR) cuando acabe el proceso legislativo a comienzos del año 2016. Como la publicación de una NPA es un estadio muy avanzado en el proceso legislativo de la UE, se puede aceptar que la mayoría del contenido de la actual NPA, que ya está publicada en la página web de la Agencia (https://www.easa.europa.eu/), será posiblemente parte de la nueva IR. Para poder cumplir con lo legislado en las IR’s, la Agencia desarrolla las conocidas AMC’s Aceptable means of compliance. Estas AMC’s son guías o material de ayuda para poder cumplir con la legislación. Es el método más rápido y eficaz, aunque no el único para demostrar a las autoridades de aviación civil que se cumple con la legislación vigente (IR’s).

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